Pleno extraordinario convocado a las 13:00 h, al que asisten
únicamente el alcalde, y los concejales de CHA y de PP y en el que suben prácticamente todos los impuestos y tasas.
1.
APROBAR
EL CONVENIO DE COLABORACIÓN DEL PROGRAMA CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS Y
MUSICALES EN ARAGÓN, CON LA COMARCA CAMPO DE CARIÑENA.
Un año más
se aprueba el convenio de colaboración por el que, tanto la comarca como la
DPZ, subvencionan al Ayuntamiento de Muel para realizar actividades culturales del
circuito de artes escénicas.
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
2.
ACEPTACIÓN
DE CESIÓN DE TERRENOS PARA VIALES EN C/TENOR FLETA Y EN C/ALBARRACIN EFECTUADA
POR IBERCAJA.
El alcalde
explica que es un solar que da a dos calles y como en el PGOU figuran unas
alineaciones, es necesario la cesión por parte del dueño que es Ibercaja.
Acuerdan
aceptar la cesión gratuita y libre de cargas con destino a viales de las fincas
procedentes de la finca urbana de Tenor Fleta 19-21. Y proceder a la
inscripción en el libro de inventario de bienes del Ayuntamiento.
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
3.
MOCIÓN
PRESENTADA POR GRUPOS PROVINCIALES CON MOTIVO DEL DIA INTERNACIONAL CONTRA LA
VIOLENCIA DE GÉNERO.
El alcalde explica que se puso un cartel en el balcón del
Ayuntamiento y que habrá una actividad para adolescentes sobre prevención.
Se propone impulsar la sensibilización sobre la violencia de
género y la detección y apoyo a las víctimas y sus hijos e hijas menores.
Impulsar la aplicación de la Ley de Medidas de Protección
Integral contra la Violencia de Género, en coordinación con todos los poderes públicos.
Reclamar que se desarrollen actividades en materia de
Igualdad y Violencia de Género con dotación suficiente igual que el resto de
las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Instar al Gobierno Estatal a poner recursos destinados a
prevención y a la asistencia social de las víctimas de violencia de género,
dependientes de la Comunidad y de los Ayuntamientos. Y estipular un fondo de
apoyo a los Ayuntamientos para dar refuerzo a la red de servicios públicos.
Poner en marcha el acompañamiento judicial personalizado, establecer protocolos
de intervención, incorporar al currículo la formación en igualdad, y prevención
de la violencia de género, obligar a los que intervienen en los juzgados
especializados de violencia de género a formarse, etc.
4.
MODIFICACIÓN
DE LA ORDENANZA SOBRE VEHÍCULOS DE
TRACCIÓN MECÁNICA.
TURISMOS:
De menos de
8 CV ----13,50 €
De 8 a
11,99 CV --------36,50 €
De 12 a
15,99 CV ------77,00 €
De 16 a
19,99 CV-------97,00 €
De 20 CV ó
más--------120,00 €
AUTOBUSES:
De menos de
21 plazas ----90,00 €
De 21 a 50
plazas -----------128,00 €
De más de
50 plazas--------160,00 €
CAMIONES:
De menos de
1000 Kg carga útil ----45,00 €
De 1000 a
2999 Kgs carga útil -------90,00 €
De 3000 a
9999 Kgs carga útil -------128,00 €
De más de
10000 Kgs carga útil-----160,00 €
TRACTORES:
De menos de
16 CV-----19,00 €
De 16 a 25
CV ------------30,00 €
De más de
25 CV --------90,00 €
REMOLQUES y
SEMIRREMOLQUES:
Entre 750 y
1000 Kg carga útil ----17,67 €
De 1000 a
2999 Kg carga útil------27,77 €
De más de
3000 Kg carga útil-----83,30 €
OTROS
VEHICULOS:
Ciclomotores-----------4,80
€
Motocicletas
hasta 125 cm3-----4,80 €
Motocicletas
de 125 a 250 cm3---8,00 €
Motocicletas
de 250 a 500 cm3---16,00 €
Motocicletas
de 500 a 1000 cm3---33,00 €
Motocicletas
de más de 1000 cm3—65,00 €
Votos a favor: 5 (Unanimidad).
5.MODIFICACIÓN
DE LA ORDENANZA DE LA TASA POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA, INCLUIDOS DERECHOS DE ENGANCHE Y UTILIZACIÓN DE CONTADORES E
INSTALACIONES ANÁLOGAS.
El alcalde
considera que el agua de uso industrial es cara, a 1 € pero no se va a tocar
porque habría que hablarlo.
Los
concejales de CHA dicen que ellos lo dejarían como está. Y L. Laviña considera
que lo que deben hacer las empresas es ahorrar agua, y que si no se les
incrementa al menos que se quede igual porque además de no crear empleo tampoco
dan de alta los vehículos en Muel.
Lo precios
quedan de la siguiente manera:
A)
Uso
DOMESTICO (por vivienda y trimestre)
Hasta 18 m3 – 4,50 €
De 18 a 50 m3—0,36 €/m3
Más de 50 m3--- 0,75 €/m3
B)
Uso
COMERCIAL, INDUSTRIAL, OBRAS y OTROS (por establecimiento y trimestre)
Hasta 18 m3 – 6,10 €
De 18 a 50 m3—0,63 €/m3
Más de 50 m3--- 1,00 €/m3
C)
LICENCIA
de ACOMETIDA
250 € en el extrarradio y 200 € en el
casco
D)
CONSERVACION
CONTADOR
1, 40 €
Mantenimiento de acuíferos – 0,033
€/m3
Votos a favor: 4, Abstenciones: 1 (J.
Marti)
6.
MODIFICACIÓN
DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE SERVICIOS DE ALCANTARILLADO
ACOMETIDA a
la red en VIVIENDAS---100 €
ACOMETIDA a
la red en INDUSTRIA --- 200 €
CUOTA:
Por
VIVIENDA --3 €
Por
INDUSTRIA – 5 €
Por m3 de
agua consumida --- 0,15 €
Votos a favor: 4, Abstenciones: 1 (J.
Martí)
7.
MODIFICACION
DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA POR LA TASA SOBRE LA RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.
Por
VIVIENDA y trimestre---10 €
Por local industrial o mercantil --- 25 €
Por industrias fuera del casco --- 210
€/contenedor
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
8.
MODIFICACIÓN
DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA POR LA TASA POR CEMENTERIOS Y OTROS SERVICIOS FUNERARIOS
J. Martí
expone que los costes son inferiores a la tasa que se está cobrando y que
habría que reducirla.
F. Lorenz
indica que hay que tener en cuenta los gastos de mantenimiento y que el
servicio de enterramiento es superior a 50 €
OCUPACION
DE NICHOS POR 50 AÑOS ---700 €, 600 € para empadronados
OCUPACIÓN
DE COLUMBARIOS POR 50 AÑOS--- 400 €, 350 € para empadronados
Por servicios
de enterramiento, excluidos los panteones--- 60 €
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
9. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FSCAL
REGULADORA DE LA TASA POR MATRICULA Y
CENSO DE PERROS.
Matrícula
de perros domésticos, por año o fracción ---25 €
Perros
pastores por año o fracción ---0 €
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
10. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y OTROS SESRVICIOS POR
TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE
PELIGROSOS
Por
licencia e inscripción en el Registro de Animales potencialmente peligrosos---
75 €
Por cada
renovación – 25 €
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
11. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑO, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y
ANÁLOGOS.
|
NO EMPADRONADOS 2017
|
EMPADRONADOS
|
ABONO INDIVIDUAL (A partir de 6 años)
|
50
|
37
|
ABONO JUBILADO o pensionista sin trabajo
|
30
|
23
|
|
|
|
FAMILIAR 2 MIEMBROS
|
85
|
60
|
FAMILIAR 3 MIEMBROS
|
122
|
85
|
FAMILIAR 4 MIEMBROS
|
162
|
106
|
FAMILIAR 5 MIEMBROS
|
200
|
130
|
FAMILIAR 6 MIEMBROS
|
245
|
150
|
ENTRADAS a
partir de 6 años ----3,50
BONO de 10
Baños --- 28 €
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
12. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LA TASA POR BODAS CIVILES.
Se sube la
cuota a 100 €
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
13. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES
INMUEBLES.
Se ponen
los siguientes porcentajes para el impuesto
IBI URBANA ---0,57%
IBI RUSTICA--- 0,45 %
IBI de características ESPECIALES --- 1,3%
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
14. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
Se deja
sobre la mesa porque los coeficientes están ya establecidos.
Votos a favor: 5 (Unanimidad)
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